domingo, 22 de marzo de 2015

Constitución de Sociedades Comercializadoras internacionales

Comercializadora Internacional
Las comercializadoras internacionales son sociedades constituidas en cualquiera de las formas establecidas en el Código de Comercio tal como son: Sociedad Colectiva, Sociedad en Comandita Simple o Compuesta, Sociedad de Responsabilidad Limitada, Sociedad Anónima, Sociedad de Economía Mixta, Sociedad Extranjera, Sociedad de Hecho, Sociedad Anónima Simplificada. 

Las CI pueden definirse como una sociedad mercantil especializada, con una gran capacidad para detectar y generar negocios de larga duración y concretarlos en los diferentes mercados mundiales. Las C.I. son organismos calificados para evitar el fracaso y asegurar el éxito en una comercialización internacional.

La C.I. tiene por objeto principal efectuar operaciones de comercio exterior, también orienta sus actividades hacia la promoción y comercialización de productos nacionales en el mercado internacional. Dentro de su objeto social se incluye las importaciones de bienes e insumos para abastecer el mercado interno, o para transformarlos y exportarlos.

En términos generales, las comercializadoras internacionales trabajan sobre tres áreas básicas de gestión, de las cuales se desprende el portafolio de servicios ofrecido a las empresas:

•    La  Comercialización de productos diversos realizando la oferta directa o indirecta de bienes a precios de por mayor. Por lo general la CI no vende artículos al detal, pues no cuenta con establecimientos de comercio para tal fin.

•    La investigación de mercados realizando un análisis de los consumidores y las tendencias del mercado a penetrar, para luego visualizar y elaborar las estrategias que le permitan a los productos de sus representadas, adecuarse y ser colocados en los mercados objetivos.  Entre las investigaciones más usuales están: las de producto, de competencia, perfil sectorial del país destino, empaques y embalajes, normas de cumplimiento, canales de distribución, estudio y estrategia de precios, marca y presentación.

•    La asesoría empresarial de gestión y de comercio exterior a través de la capacitación y la transferencia de la tecnología de la exportación.  Se trata de asesorías especializadas en cada fase del proceso de la exportación.  Funciona como una guía para reforzar el trabajo de las empresas que exportan y facilitar la transición de las que comienzan el camino.
Para el proceso de exportación que adelante cualquier empresa, cada una de estas áreas es básica y cada una requiere un tratamiento individual de acuerdo al tipo de empresa, necesidades y aspiraciones. La figura de una organización que provea una oportunidad de “tercerear” es una buena manera de adelantar un proceso seguro y sin riesgos económicos.


Consolidación como Sociedad Comercializadora Internacional
Los requisitos que se deben cumplir para consolidarse como una Comercializadora Internacional son:

1. Realizar escritura pública mediante al cual la persona jurídica se constituye como Sociedad Comercializadora Internacional C.I en alguna de las formas establecidas en el código de comercio, ya sea S.A, Ltda., S.A.S, Comandita Simple o Comandita Compuesta, Etc. La constitución deberá hacerse siempre teniendo en cuenta los requisitos explicados en el Artículo 1º del decreto 1740 de 1994, siendo estos:

* Razón Social: Las Sociedades de Comercialización Internacional C.I. inscritas ante el Ministerio de Comercio Exterior tendrán la obligación de utilizar en su Razón Social la expresión Sociedad de Comercialización Internacional o también, si lo prefieren, pueden utilizar la sigla C.I.

* Objeto Social Principal: Deberá comenzar con el siguiente texto: “Efectuar operaciones de comercio exterior y particularmente, orientar sus actividades hacia la promoción y comercialización de productos colombianos en los mercados externos”

2. Realizar el registro de la Sociedad ante la Cámara de Comercio de manera que en el Certificado de Existencia y Representación Legal aparezca la Razón Social y el Objeto Social Principal tal como se constituyó en el punto anterior.

3. Obtener el NIT ante la Cámara de Comercio que incluya la sigla CI. O Sociedad de Comercialización Internacional, conforme figure en el Registro de la Cámara de Comercio.

4. Diligenciar según lo indicado por el MINCOMEX el Registro Nacional de Exportadores, teniendo en cuenta que el RUT sustituyó e incorporó, entre otros, el Registro Nacional de Exportadores de Bienes y Servicios, es importante observar estrictamente las disposiciones establecidas para el efecto, tanto en el Decreto 2788 como en la resolución 8346 ambos de 2004.

5.  Diligenciar completamente el Formulario de Solicitud de Inscripción como una Sociedad de Comercialización Internacional C.I.

6. Elaborar el documento Estudio de Mercados

7. Solicitar por escrito al MINCOMEX, Grupo de Zonas Francas y Comercializadoras Internacionales, la inscripción de la Empresa como Sociedad de Comercialización Internacional C.I., acompañando la solicitud con los siguientes documentos:
  • Original del Certificado de Existencia y Representación Legal vigente
  • Fotocopia del RUT actualizado con el debido diligenciamiento para Registro Nacional de Exportadores.
  • Original del documento Estudio de Mercados
  • Original del Formulario de Inscripción como Sociedad de Comercialización Internacional C.I.
  • Oficio suscrito por el Representante Legal en donde certifique que hasta la fecha de la solicitud de inscripción en el Registro de C.I, SI/NO se han efectuado compras exentas de IVA y/o Retefuente y SI/NO se han expedido Certificados al Proveedor - CP, conforme a lo estipulado en el Decreto 1740 de 1994.

Para verificar la información, el MINCOMEX podrá practicar una visita a las instalaciones de la empresa C.I. y se comunicará con los Proveedores relacionados. Para agilizar el proceso de Registro, la Empresa debe adjuntar a la solicitud certificaciones escritas de Proveedores, en donde conste tiempo de relación comercial, tipo de contacto o negociación, formas de pago pactadas, productos a proveer y autorización para exportarlos.


Proceso de Inscripción en el Registro como C.I
1.   Radicación de la solicitud: Los documentos se podrán radicar en cualquier Dirección Territorial o Punto de Atención del Ministerio de Comercio Exterior. En la ciudad de Bogotá, la solicitud se deberá remitir al Grupo de Zonas Francas y Comercializadoras Internacionales.

2.   Gestión: La solicitud se gestionará dentro de los quince (15) días hábiles siguientes al recibo de los documentos por parte del Grupo de Zonas Francas y Comercializaras Internacionales.

El Ministerio de Comercio Exterior remitirá a la DIAN, BANCOLDEX y PROCOLOMBIA, información sobre las Sociedades de Comercialización Internacional registradas.

A la Sociedad de Comercialización Internacional que obtuvo el Régimen como C.I. se le envía el oficio de reconocimiento de este Régimen, junto con el Resumen de Datos de la C.I., la Carta Circular No. 2 del 24 de Agosto de 1994 (Actualizada en Octubre 1º de 2001), la cual contiene el Formulario Certificado al Proveedor - CP y las instrucciones necesarias para su elaboración, diligenciamiento y remisión de copias. En el mencionado oficio constará un Número de Registro, único, y la Fecha de Registro, a partir de la cual podrá a empezar a operar con el Régimen C.I.


Compromisos al Obtener el Régimen como C.I.
 La Sociedad de Comercialización Internacional que obtiene el Régimen C.I. se obliga, para con el Ministerio de Comercio Exterior, principalmente a:

1.    Expedir oportunamente al Proveedor el Certificado al Proveedor - CP.

2.    Exportar, dentro de los términos establecidos, las mercancías que adquirió exentas del IVA y/o Retefuente al amparo de un Certificado al Proveedor - CP.

3.      Remitir oportunamente, tanto al Ministerio de Comercio Exterior como a Bancoldex, las copias correspondientes de los Certificados al Proveedor - CP expedidos durante el trimestre calendario, así: Los CP expedidos durante Enero, Febrero y Marzo se remitirán en un solo envío dentro de los primeros 10 días de Abril. Seguirán enviándose dentro de los 10 primeros días de Julio, dentro de los primeros 10 días de Octubre y dentro de los 10 primeros días de Enero del año siguiente.

Se debe enviar oficio al Ministerio de Comercio Exterior para informar si durante el trimestre reportado no se han expedido Certificados al Proveedor - CP, indicando las razones que se consideren pertinentes.

4.    Remitir oportunamente al Ministerio de Comercio Exterior, dentro del primer mes (Enero) del año siguiente al reportado, el Informe Anual sobre expedición de CP y exportaciones realizadas (CPEX).

Se debe enviar oficio al Ministerio de Comercio Exterior para informar si durante el año reportado no se han expedido Certificados al Proveedor - CP y/o no se han efectuado exportaciones, indicando las razones que se consideren pertinentes.

5.      Informar oportunamente al Ministerio de Comercio Exterior los cambios de domicilio y de Razón Social.


Principales Razones para Convertirse en una Comercializadora Internacional
Según la DIAN las principales razones para convertirse en una C.I. son:
  • Que dentro de los objetivos generales que persigue la empresa a corto, mediano o largo plazo, se incluya actividades de promoción y comercialización de productos colombianos en el exterior.
  • Descripción del Impacto Social generado al convertirse en una Comercializadora Internacional. (Comunidad que se favorece, proyección de empleos a generar, proveedores, etc.)
  • Descripción del Impacto Ambiental si se genera, al convertirse en Comercializadora Internacional.
  • Descripción general de las actividades a las que se dedica o se dedicará la empresa.

Cancelación Voluntaria del Régimen como C.I.
Una Sociedad de Comercialización Internacional que obtuvo del Ministerio de Comercio Exterior el Régimen como C.I., puede, en el momento que lo considere pertinente, expresar su voluntad de no continuar con dicho Régimen, solicitando por escrito al Grupo de Zonas Francas y Comercializadoras Internacionales la Cancelación del Registro correspondiente.


Información obtenida de:
http://www.mincit.gov.co/publicaciones.php?id=10332
http://www.icesi.edu.co/blogs/icecomex/2008/08/01/7/
http://www.colombiatrade.com.co/sites/default/files/como_exportar_servicios_0.pdfEjemplos delos Documentos Necesarios

sábado, 21 de marzo de 2015

Documentos Necesarios

Registro Único Tributario (expedición del Numero de Identificación Tributaria)




Para que el registro este actualizado para Registro Nacional de Exportadores, se debe tramitar el registro especificando las casillas correspondientes a exportación de bienes y/o servicios:

Casilla 55: Forma de exportación (se debe escoger entre 1- directo, 2- indirecto o 3- directo e indirecto)
Casilla 56: Tipo de exportación (se debe escoger entre 1- bienes, 2- Servicios o 3- Bienes y servicios)
Casilla 57: Modo (se debe escoger el modo de servicio a exportar)
Casilla 58: CPC (se debe incluir el código CPC del servicio correspondiente, a 2 dígitos)


Formulario de Solicitud de Inscripción como Comercilizadora Internacional 


Certificado al Proveedor


El certificado al proveedor es un documento el cual ampara la venta de mercancías nacionales a las Sociedades de Comercialización Internacional, con este el proveedor podrá justificar en sus declaraciones de impuesto, el haber facturado ventas excluyendo el IVA y/o Retención en la Fuente.


Certificado de Existencia y Representación Legal
(Documento tomado como ejemplo Educativo)